(Adaptado de Vallés, 1994)
Tengo derecho a:
1.
Equivocarme alguna vez.
2.
Comunicar lo que siento.
3.
Pensar de manera distinta.
4.
Rechazar una queja injusta.
5.
Pedir un favor.
6.
Decir que no cuando así lo
creo.
7.
Hacer las cosas no tan
perfectas.
8.
Que los/as demás me tengan en
cuenta.
9.
Aprender.
10.
No gustar a todo el mundo.
11.
Pedir explicaciones.
12.
Que me respeten.
La mujer transgresora.
“El sometimiento de la mujer es una pauta de educación
interiorizada que la determina como ser oprimido. Todo lo que en ella aspira al
sometimiento la convierte en sostenedor de un sistema que la secundariza y la
denigra. La mujer está condicionada por la cultura, por la educación y también por
la “fuerza de la costumbre” a asumir responsablemente tareas que son consideradas
como “parte de su naturaleza”: el marido, los hijos, la casa, los ancianos de
su familia, además de trabajar fuera para ayudar al sostén económico de todos
ellos. Se la ubica marginalmente en la escena política y se restringe su
crecimiento intelectual y creativo.”
Fuente: L. Mizarhi, La mujer transgresora, (1988)
Buenos Aires, GEL
1.
¿En qué consiste el
sometimiento de género según la autora?
2.
¿Qué costos o desventajas tiene
para las mujeres el sometimiento a través de normas interiorizadas?